El Gobierno elimina las franjas horarias en los municipios de hasta 10.000 habitantes y la restricción de un único adulto para los paseos con niños


- El BOE ha publicado la orden ministerial que relaja las condiciones para los paseos en los municipios de menos de 10.001 habitantes y densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado, que entra en vigor este mismo viernes

Una madre y sus hijas paseando EFE
Este viernes ha entrado en vigor la norma que elimina las franjas horarias en los municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio de menos de 10.001 habitantes y densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado que se encuentran en fase 0 y 1 actualmente. Estas son algunas de sus claves:
Los niños podrán ir acompañados de varios adultos
Según la orden ministerial de Sanidad que recoge el BOE este viernes, no habrá franjas horarias para los paseos de la población infantil ni para la actividad física de los adultos. Además, se elimina el límite de un único adulto responsable para acompañar a los menores de 14 años y el máximo de tres niños. Todos los convivientes en un mismo domicilio podrán salir a pasear juntos.
Esta actividad “se podrá practicar en el término municipal o, en su defecto, a una distancia máxima de cinco kilómetros, incluyendo municipios adyacentes, siempre que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de esta orden y pertenezcan a la misma unidad territorial de referencia”, según reza en el BOE.
Reaperturas
La orden, que flexibiliza algunas restricciones en los municipios de menor tamaño que se encuentran en fase 0 y fase 1 para que puedan acogerse a algunas de las medidas previstas para la fase 2, también permite que los Ayuntamientos, si así lo deciden, reabran los mercadillos que desarrollan su actividad al aire libre, estableciendo distancia entre los puestos y medidas de higiene. También podrá procederse a la reapertura al público de los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, siguiendo las restricciones de la fase 2.
Aplicable para quienes hayan residido más de 14 días
Estas medidas de flexibilización de los paseos son de aplicación para las personas que estén empadronadas en el municipio y para las que residan allí desde hace más de 14 días, siempre que no presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario.
El Gobierno defiende con esta norma “adaptar la estrategia de desescalada a las particularidades de estos municipios” para poder atender a la “singularidad” de poblaciones rurales que, por razón de su dispersión, reducido tamaño o baja densidad poblacional permiten la realización de actividades que “entrañan un menor riesgo derivado de aglomeraciones o del uso intensivo de los medios de transporte colectivo”.
En qué otros casos no se aplicará
Quedan excluidos de esta norma los municipios (o entes locales de ámbito territorial inferior) que tengan un casco urbano consolidado que colinde con el casco urbano de otro municipio cuyo número de habitantes exceda los 10.000 o su densidad de población supere los 100 habitantes por kilómetro. La suma de los habitantes de sus respectivos casos urbanos tampoco puede ser superior a 10.001 ni su densidad de población mayor que 100 habitantes por kilómetro.

