¿Tributan Las cestas de Navidad u otros sorteos en la declaración de la renta?


¿Tributan Las cestas de Navidad en la declaración de la renta?
Pues lamentamos decirte que si, cualquier premio o regalo como: regalos de bodas, cestas de navidad, sorteo del super, rifa del equipo de fútbol…Según el Ministerio de Hacienda debería declararse cualquier premio (aparte de las Loterías del Estado, ONCE y Cruz Roja que tienen su propia normativa fiscal).
Para Hacienda estos premios constituyen una ganancia patrimonial que añadir a la declaración de la renta, esto quiere decir que el premio de la cesta, rifa o sorteo de turno con el que pudieras ser agraciado, se debería sumar a la base general del IRPF, para una vez sumado a tu salario pasar por el tramo del IRPF que procediera.
TRAMOS IRPF 2021
Cierto es que muy poca gente lo hace, –no queremos decir con esto que no lo hagas si resultas agraciado/a con algún premio, no queremos ser inductores de nada– pero si es cierto que no siendo el caso de grandes sorteos de “Mega Cestas de Navidad” que incluyen premios altísimos en metálico, coches, viajes, etc., no suelen ir “a la caza del moroso” y por norma las empresas, asociaciones y demás que organizan estos sorteos tampoco informan al fisco de su realización.
Ha habido casos notorios de gente que se “arruino” por el premio adquirido, lo cual no quiere decir que el premio fuera inferior a la tributación. Muchas veces el ganador por convertir el premio en liquidez rápido se deshace de los premios “gordos” por módicos precios, y posiblemente por desinformación no tributo cuando debía, pero cuando el fisco les reclamo, lógicamente lo hacen por no haber pagado lo cual ya acarrea sanción, y lo hace por el valor real y el “sujeto” ya no tiene ese cash para afrontar la deuda y las posibles sanciones por demoras. En conclusión: ¿Son tan altos los impuestos por ganar un sorteo que es mejor que no te toque? Nada más lejos de la realidad.
Algo a tener en cuenta, es que el organizador del premio o sorteo en cuestión, te facilite el coste real del premio. Para entenderlo mejor, al organizar el sorteo, el bar o la empresa debería incluir en sus bases o justificantes de entrega, el valor total del mismo y lo más normal es que lo haga al precio que le ha costado adquirir los bienes.
Estas normas fiscales se aplican a todos los sorteos, como igualmente ocurre con otros impuestos como el de donaciones, no hay un mínimo exento de tributar. En teoría, con la ley en la mano había que incluir como ganancia patrimonial cualquier premio, aunque solo fuera de un euro.
En realidad, nadie haciendo las cosas bien se arruino por un premio o sorteo de estas características, a fin de cuentas, solo pagarías un % de lo recibido, y como os decimos, los “sorteos menores” no suelen llamar la atención de Hacienda.
Lo demás está en vuestras manos y de la Diosa Fortuna.

